El consejo de ministros aprobó el pasado 26 de Julio la publicación del Real Decreto-Ley 13/2022, en el que se define el nuevo sistema de cotización para los autónomos o trabajadores por cuenta propia.
Entrará en vigor el 1 de enero del 2023, y prevé el desarrollo de quince tramos de determinación de bases de cotización y cuotas que variarán según los rendimientos netos de los autónomos. Es un paso de transición al modelo que definitivamente se quiere fijar en un periodo de no más de nueve años.
Estos son los aspectos más destacables
- Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.
¿Cambios de cuotas según mis previsiones de ingresos?
- Si, es decir, esto permitirá cambiar la cuota de autónomos en función de su previsión de ingresos netos (sin contar con los costes de desarrollar su actividad). Y esta acción se podrá realizar hasta seis veces al año frente a las cuatro actuales. Al final del ejercicio fiscal y en función de los rendimientos netos anuales, se realizará una regularización, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima de lo previsto durante el año.

¿Que pasará desde el 2023 al 2025?
- Las cuotas mensuales a la Seguridad Social en 2023 oscilarán entre 230 euros al mes a 500 euros al mes y ya en el 2025 entre los 200 euros al mes a los 590 euros al mes, según los rendimientos netos.
- Esto hará que los autónomos con menores ingresos vean reducida su cuota en más del 30%, y aquellos con rendimientos inferiores al salario mínimo interprofesional serán los que en 2025 vean reducidas sus cuotas a entre 200 y 260 euros. Los autónomos con rendimientos medios en cambio tendrán cuotas de entre 290 a 294 euros, y los altos (de más de 6000 euros al mes) de 590 euros.
Los nuevos autónomos por su lado comenzarán ahora con una cuota de 80 euros al mes durante doce meses, con posibilidad de extenderse otros 12 meses en función de sus ingresos.
Para resumir y condensar todo el contenido del sistema de cotización de autónomos según el nuevo Real Decreto Ley te dejamos esta tabla de cotizaciones según previsiones hasta 2025.
2023 | 2024 | 2025 | ||||
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Tramo | Base | Cuota | Base | Cuota | Base | Cuota |
<=670 | 751,63 | 230 | 735,29 | 225 | 718.95 | 200 |
>670 y <=900 | 849,67 | 260 | 816,99 | 250 | 784,31 | 220 |
>900 y <=1125,9 | 898,69 | 275 | 872,55 | 267 | 849,67 | 260 |
>1125,9 y <=1300 | 950,98 | 291 | 950,98 | 291 | 947,71 | 290 |
>1300 y <=1500 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 |
>1500 y <=1700 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 | 960,78 | 294 |
>1700 y <=1850 | 1013,07 | 310 | 1045,75 | 320 | 1143,79 | 350 |
>1850 y <=2030 | 1029,41 | 315 | 1062,09 | 325 | 1209,15 | 370 |
>2030 y <=2330 | 1045,75 | 320 | 1078,43 | 320 | 1274,51 | 390 |
>2330 y <=2760 | 1078,43 | 330 | 1111,11 | 340 | 1356,21 | 415 |
>2760 y <=3190 | 1143,79 | 350 | 1176,47 | 360 | 1437,91 | 440 |
>3190 y <=3620 | 1209,15 | 370 | 1241,83 | 380 | 1519,61 | 465 |
>3620 y <=4050 | 1274,51 | 390 | 1307,19 | 400 | 1601,31 | 490 |
>4050 y <=6000 | 1372,55 | 420 | 1454,25 | 445 | 1732,03 | 530 |
>6000 | 1633,99 | 500 | 1732,03 | 530 | 1928,10 | 590 |
MEJORAS EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
Se amplían las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura de distintas contingencias, como en caso de una interrupción solo parcial de la actividad, y se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los asalariados el mecanismo RED de la reforma laboral para situaciones de crisis cíclicas o sectoriales.
- Cese Parcial para autónomos con trabajadores
- Cese Parcial para autónomos sin trabajadores
- Cese temporal parcial por fuerza mayor